Cómo abrir un bar o un restaurante

Los bares y restaurantes, por su condición de ser simultáneamente puestos de trabajo y establecimientos abiertos al público, tienen que cumplir unas condiciones específicas de su sector.
Además, por el hecho de ofrecer productos comestibles y bebidas alcohólicas están sometidos a una serie de normativas que velan por el bienestar y la salud públicas. Paralelamente, para poder ejercer su actividad, los establecimientos de restauración tienen que disponer de la correspondiente habilitación municipal de actividad.
Los bares y los restaurantes no están considerados como empresa turística y sus titulares no tienen que realizar ningún trámite adicional para inscribirlos en el Registro de Turismo de Cataluña, como se había hecho anteriormente.
Destacados
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- Prevención de incendios en establecimientos, actividades y edificios
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- ¿Qué información han de ofrecer bares y restaurantes a las personas con alergias o intolerancias?
Una vez ha planificado su proyecto empresarial, y antes de llevarlo a la práctica, ha de decidir algunos aspectos relacionados con su ubicación, las gestiones relacionadas con el suministro de agua y electricidad, así como los trámites para gestionar las licencias de obras y todo aquello relacionado con las obras e instalaciones, y la prevención de incendios que les afectan.
Ubicación y adecuación del local
En el proceso de escoger la ubicación de un local comercial se tienen que tener en cuenta aspectos relacionados con los contratos de alquiler, con los residuos que generará su empresa, las licencias de obras y la normativa sobre accesibilidad y prevención de incendios. Encontrará esta información en el apartado Escoger la ubicación y el local de Canal Empresa.
Trámites
Para conocer todos los trámites que tiene que realizar como empresario, le recomendamos que inicie una sesión con la Búsqueda Guiada de trámites. Esta herramienta le indicará los pasos necesarios para la legalización de su actividad y de las instalaciones a partir de una seria de preguntas. Puede usarla de forma anónima.
Otros trámites específicos de bares y restaurantes
Además de los trámites generales, los bares y restaurantes tienen que cumplir una serie de condiciones específicas de su sector relacionadas con las condiciones sanitarias, los horarios de apertura al público o las licencias municipales, la instalación eléctrica y de instalación de gas, la cámara de residuos, la salida de humos, la altura del local, los servicios higiénicos, el aislamiento acústico, la potencia instalada en las cocinas la venta de tabaco y la instalación de máquinas de azar. Puede consultar la información en las pestañas de esta ficha correspondientes a cada tema.
La mayoría de estas gestiones se enmarcan dentro del trámite de obtención de la licencia de actividad o de apertura del bar y las tiene que realizar en su ayuntamiento a través de una entidad ambiental de control (EAC). Le explicamos los detalles en la pestaña Permisos de esta ficha.

Los bares, bares musicales, salas de fiestas o karaoke, restaurantes, bar-restaurante, restaurante musical, café teatro y café concierto, así como locales de acceso público tienen que seguir los procedimientos siguientes para su legalización:
- Tienen que hacer la comunicación previa de su actividad al ayuntamiento, siempre que el aforo sea de menos de 150 personas. Simplemente se tiene que comunicar el inicio de la actividad aportando la documentación requerida por cada municipio sobre el local y la entidad que desarrolla la actividad.
- Tienen que pedir la licencia municipal siempre que el aforo sea de más de 150 personas y también en los casos siguientes:
- Establecimientos abiertos al público de régimen especial en municipios de más de 50.000 habitantes o que tengan las competencias delegadas.
- Establecimientos en los que se ejercen actividades de naturaleza sexual.
- Establecimientos abiertos al público de carácter no permanente desmontable (incluye los espectáculos de circo).
- Las discotecas y salas de baile con aforos de más de 150 personas y que en determinados casos y actividades requieren otros tipos de licencias o permisos de alcance más amplio.
Consulte el detalle de la normativa y la totalidad de los casos en la página Establecimientos abiertos al público: licencia, autorización o comunicación previa, del Departamento de Interior.
Los bares y restaurantes que quieren instalar una terraza se tienen que dirigir a su ayuntamiento para solicitar los permisos necesarios de acuerdo con el procedimiento siguiente:
Para legalizar un bar con terraza, tenéis que solicitar a un ingeniero que os haga un proyecto con planos que justifiquen que el bar cumple con la normativa vigente. Este proyecto se entrega directamente en su ayuntamiento, que hace una revisión documental del proyecto y elabora un informe de deficiencias.
El ingeniero tiene que contestar el informe y, si el resultado final es favorable, el ayuntamiento concede la licencia del bar. Finalmente, una entidad ambiental de control tiene que hacer una inspección del local para confirmar que la realidad del bar se corresponde al proyecto entregado. Si el resultado de esta inspección es favorable, el ayuntamiento concede la licencia de bar.
Los propietarios de bares, restaurantes y otros establecimientos abiertos al público podrán, dentro del marco de la legalidad vigente, determinar las condiciones de acceso a sus locales. En todo caso, este hecho se tiene que comunicar a la Administración.
El derecho de admisión es una facultad diferente de la obligación que tienen de impedir el acceso en determinadas circunstancias que así lo requieran, como por ejemplo una vez se ha superado el aforo, o el acceso de los menores de edad y de las personas que se comporten de manera agresiva.
Condiciones
- El ejercicio del derecho de admisión no puede comportar, en ningún caso, discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión, discapacidad, orientación sexual, identidad de género o cualquier otra condición o circunstancia personal o social de las personas.
- Las condiciones de acceso sobre las cuales se puede basar el ejercicio del derecho de admisión tienen que ser concretas y objetivas y en ningún caso no pueden ser arbitrarias ni improcedentes. Tampoco pueden ser contrarias a las costumbres vigentes a la sociedad.
- Las condiciones del derecho de admisión tienen que constar en letreros plenamente visibles, de los cuales hay que enviar copia a la autoridad competente.
- Cualquier modificación de las condiciones del derecho de admisión tienen que ser informadas a la Administración.
Rótulo informativo
La hoja donde constan las condiciones de acceso, en virtud de las cuales se puede ejercer el derecho de admisión, tiene que estar debidamente sellada por la Administración y tiene que permanecer obligatoriamente en el establecimiento o lugar donde se desarrolle el espectáculo público o la actividad recreativa.
El rótulo donde constan las condiciones tiene que estar colocado en un lugar visible en la zona de acceso del establecimiento y tiene que tener las características siguientes:
- Las placas o letreros tienen que ser de, como mínimo, 30 centímetros de anchura y 20 de altura, y la letra en mayúsculas, de 36 puntos de tamaño como mínimo.
- Tienen que estar colocadas en los accesos del local o recinto, plenamente visibles desde el exterior. Si hay taquillas, se tienen que colocar en todo caso en las taquillas. También se pueden colocar, además, en el interior del local.

Los establecimientos públicos tienen que tener hojas de reclamaciones a disposición de los clientes y tienen que mostrar carteles donde se informe de este hecho.
Puede solicitar a la Administración estos documentos o bien descargarlos a través de los enlaces que aparecen a continuación.
Por otro lado, la Agencia Catalana de Consumo le ofrece un servicio de consultas relacionadas con la interpretación y la aplicación de la normativa en materia de defensa de los consumidores.

La ley prohíbe la venta de alcohol a los menores de edad y fumar en todos los espacios cerrados de bares y restaurantes. Solo se permite fumar en los espacios al aire libre, que se definen como espacios no cubiertos, o bien cubiertos con un máximo de dos paredes, muros o separadores laterales.
Los bares y restaurantes tienen que mostrar en un lugar visible de la entrada los carteles que anuncien la prohibición del consumo de tabaco a todas las zonas cerradas.
En cuanto a los hoteles y hostales, pueden reservar hasta un 30% de las habitaciones para huéspedes fumadores, siempre que estén separadas de las otras, sean siempre las mismas habitaciones y dispongan de ventilación independiente.

Si desea instalar máquinas recreativas en su local o vender lotería, debe conocer la legislación relativa a las tasas sobre el juego, que gravan la organización y la celebración de todos los juegos de suerte, envite o azar. El importe de la tasa recae sobre los organizadores de los juegos y se tiene que calcular de acuerdo con unos criterios específicos para cada modalidad de juego.
A continuación le ofrecemos los enlaces al trámite para los locales que quieren comercializar lotería y la página donde encontrará toda la información sobre los trámites relacionados con la instalación de máquinas y con la apertura y el traslado de las salas de salas de máquinas, así como la información relativa al registro de empresas de máquinas recreativas, donde se tienen que inscribir todas las empresas que quieren obtener la autorización para explotar máquinas recreativas y de azar.
